El Ayuntamiento de Guareña, lanzaba este martes las bases reguladoras para la cesión y concesión de los Huertos Ecológicos Municipales, donde se desarrollarán prácticas agrícolas sostenibles, además de la puesta en valor de la agricultura ecológica, mantenimiento de las tradiciones y fomento de hábitos de vida saludables. Además de pretender también la integración social y la promoción de la educación ambiental.

Según consta en las bases, estos espacios podrán ser solicitados por personas a título individual, siempre que se sea residente y se esté empadronado en Guareña con una antigüedad mínima de dos años, o por colectivos, asociaciones y entidades educativas, sociales, culturales, ambientales y sanitarias de índole pública y sin ánimo de lucro, que estén inscritas en el Registro de Asociaciones y se muestren al corriente de pago de las distintas obligaciones tributarias y de cualquier otra índole con el consistorio.

Según informa el consistorio a través de su web, estas bases tienen por objeto establecer los criterios generales de cesión de uso de estos huertos en función del tipo de demanda existente, así como indicar los derechos y obligaciones de las personas adjudicatarias, la revocación de la cesión, así como las infracciones y sanciones por una conducta incorrecta o negligente.

Para la adjudicación de cada parcela, el consistorio ha determinado una serie de criterios para la autorización de la explotación de estos huertos; entre ellos se dará prioridad a personas jubiladas, pensionistas o con alguna discapacidad. Tras ello, se reservará un número determinado de parcelas para asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro. Finalmente, en el caso de las parcelas sobrantes se adjudicarán a cualquier ciudadano, a título individual, podrá optar a una de estas parcelas.

Las personas y entidades interesadas en esta convocatoria, deberán presentar su solicitud que va junto a las bases que se pueden conseguir a través de la web municipal, y registrarla en el consistorio, en horario de mañana, en un plazo de quince días naturales desde la presentación de las bases que regulan la convocatoria.

En cuanto a la documentación a presentar, junto a la presentación de la ficha de inscripción, los jubilados pensionistas y personas con discapacidad deberán aportar una fotocopia del DNI, de la tarjeta de residencia o documento que legalmente le sustituya, un documento justificativo que acredite la situación de jubilado, pensionista o discapacidad, así como un certificado de empadronamiento y de estar al corriente con las obligaciones tributarias con el ayuntamiento.

En el caso de los colectivos y asociaciones, se deberá entregar el CIF de la entidad que solicita el uso de estos huertos, así como el DNI del representante legal, una fotocopia de sus estatutos y una memoria del proyecto que se pretende ejecutar en el huerto. También se deberá aportar otro certificado de estar inscrito en el registro de asociaciones municipal.

FInalmente, para el resto de solicitudes solo será necesario aportar una fotocopia del DNI, un certificado de empadronamiento y otro de estar al corriente con las obligaciones tributarias con el ayuntamiento.

Se establecerá un sorteo con todas las solicitudes admitidas

Tras la publicación de la lista de admisiones definitivas, las personas o entidades que no resulten adjudicatarias de una parcela, a pesar de que sus solicitudes hayan sido admitidas, pasarán a formar parte de una única lista de espera numerada, que vendrá dado por el número otorgado según un sorteo.

Las posibles parcelas que vayan quedando vacantes serán asignadas a las personas de la lista de espera según el orden establecido. Esta lista de espera estará en vigor hasta la apertura de una nueva convocatoria para el otorgamiento de nuevas autorizaciones.

La cesión de estos huertos ecológicos no será por tiempo indefinido, si no que la vigencia de uso será de dos años consecutivos. Además, su cesión no será transmisible a terceras personas, aunque en algunos supuestos como enfermedad, incapacidad temporal o vacaciones, podrá delegarse en otra persona por un periodo no superior a los tres meses, siempre que cuente con la autorización del consistorio.

¿Qué se podrá hacer o cultivar en estos huertos?

Según consta en estas bases, estos huertos se dedicarán de forma exclusiva al cultivo ecológico agrícola de hortalizas, flores o frutos de carácter legal y cuyo ciclo de vida sea anual, quedando prohibido cualquier otra actividad o cultivo. A su vez, se recuerda que no se podrán vender u obtener beneficios económicos directos por la venta de estos productos y solo se permitirá el trueque entre los usuarios de los huertos de este proyecto.

Además, solo se podrá usar puntualmente productos químicos para el control de plagas, si se están viendo afectados la totalidad o la gran mayoría de los huertos, siempre que se decida por la mayoría de los hortelanos, y estará prohibido el uso de productos fitosanitarios y fertilizantes (exceptuando los considerados como ecológicos) así como el empleo de plantas o semillas transgénicas.

Los usuarios de estos espacios tendrán la obligación de mantener el huerto en buen estado de limpieza y devolverla al finalizar el contrato en el mismo estado en el que se entregó. Si se observara síntomas de abandono del huerto se solicitará al adjudicatario para que, si no se cumple con las obligaciones estipuladas, se produzca la devolución del terreno cedido, previa audiencia del interesado.

Finalmente, solo se permitirá aparcar coches y motos o bicicletas en las zonas exteriores del huerto y siempre que no se obstaculicen vías y accesos a otros espacios públicos o privados y deberá hacerse siempre un uso responsable del agua, tanto de riego como potables. En caso de detectarse un uso fraudulento el consistorio tomara las medidas oportunas de pago de suministro y/o sanción administrativa.

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