El pasado día 1 de noviembre se abría el periodo oficial en nuestra localidad para solicitar y desarrollar las tradicionales matanzas domiciliarias que llegan por esta época. Desde la OMIC de Guareña se informa que la pertinente autorización municipal para la realización de las matanzas se tendrá que solicitar al menos con 72 horas de antelación en el Ayuntamiento. En caso contrario serán denegadas para el reconocimiento por parte de los Servicios Veterinarios Oficiales de nuestra localidad.

El pertinente reconocimiento es importante es evitar la transmisión de enfermedades infecciosas o parasitarias, así como para garantizar la protección y seguridad de los usuarios, según recoge en la legislación autonómica en el Decreto 214/2000 del Gobierno de Extremadura.

Calendario

La campaña de matanzas domiciliarias 2014/2015 se desarrollará en Guareña desde el 1 de Noviembre hasta el 31 de Marzo de 2015y dentro de la misma se establecen unos días de sacrificios y unos horarios, para el pertinente reconocimiento.

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Control Sanitario

Los interesados podrán optar, en lo que se refiere al reconocimiento de los animales por los Veterinarios Oficiales de Salud Pública, o bien por Veterinarios Libres, comunicándolo en la solicitud de la matanza.

Cuando el reconocimiento sea realizado por los Veterinarios Oficiales, la canal y todas las vísceras deberán conservarse intactas hasta el momento de la inspección.

Solicitud de la Matanza

El interesado deberá solicitar ante el Ayuntamiento la autorización para el sacrificio con una antelación mínima de 72 horas (3días), especialmente aquellas que se vayan a celebrar en sábados, domingos y festivos; con independencia de que el reconocimiento se realice por los Servicios Veterinarios Oficiales o no.

En dicha solicitud se recogerán los datos personales del interesado así como el número de animales a sacrificar, el día, la hora y la dirección de sacrificio; y también harán una declaración en la que conste que:

– El/los cerdo/s sacrificado/s son de producción propia o ajena.

– Conocen las normas dictadas por el Ayuntamiento.

– Los animales no presentan signos de enfermedad infecto-contagiosa ni parasitaria.

– Los animales no han sido sometidos en los 30 días anteriores a la fecha de sacrificio a tratamiento con medicamentos.

– Han procedido al pago de las tasas en Modelo 050 por control sanitario de matanzas domiciliarias, cuando se trate de Servicios Veterinarios Oficiales. Para el año 2014 la tasa es de 2,36 € por cerdo sacrificado.

– El control sanitario será realizado por los Servicios Veterinarios Oficiales como hemos dicho, o bien, por un Veterinario Libre, indicando en estos casos el Nombre, Apellidos y Nº de Colegiado del veterinario en la Autorización Municipal solicitada.

Cuando se realice el control sanitario por parte de los Veterinarios Oficiales, se deberá entregarle la Autorización correspondiente y el abono de las tasas en el Modelo 050.

Prohibiciones

Todos los productos resultantes de las matanzas domiciliarias se destinarán únicamente al consumo familiar quedando prohibida la venta de los mismos, tanto frescos como curados.

Igualmente las canales, jamones, paletillas, embutidos, vísceras y cualquier otro producto de despiece no podrán destinarse a carnicerías, industrias cárnicas y en general para la venta al público.

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