El Diario Oficial de Extremadura, en su edición de este jueves 21 de julio, publica el anuncio del acuerdo de la Concentración Parcelaria de la Dehesa Guareña, proyecto que fue declarado de utilidad pública y urgente por la Junta de Extremadura.

Este acuerdo de concentración parcelaria era aprobado el pasado 13 de julio por el Secretario General de Población y Desarrollo Rural y sometido después a la aprobación de la Comisión Local de concentración parcelaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. En el texto se menciona que, las transmisiones o modificaciones de derechos que se produzcan no producirán efecto en el expediente administrativo después de la publicación del anuncio en el DOE.

Además, se establece la nueva ordenación de la propiedad mediante la determinación de las fincas que reemplazarán a las aportaciones de las personas participantes afectadas y, sobre las que recaerán inalterados el dominio y los demás derechos reales y situaciones jurídicas que tenían por base las parcelas sujetas a concentración.

Según dice el texto, esta resolución administrativa que aprueba el acuerdo, no agota la vía administrativa, y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación individual de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Finalmente, se recuerda que el recurso de alzada, que en su caso pudiera interponerse, se dirigirá al Servicio de Infraestructuras del Medio Rural, de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y podrá presentarse en cualquiera de los registros de entrada de documentos, Oficinas de Respuesta Personalizada, Centros de Atención Administrativa o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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