La Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad de Extremadura, regula en su artículo 30 la actividad comercial en domingos y festivos. En la nueva redacción dada por el Decreto Ley 3/2012, de 19 de octubre, de estímulo de la actividad comercial, modifica la apertura de ocho a diez días al año.
Por ello, con carácter general, los días festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el año 2.014 en la Comunidad Autónoma de Extremadura son:
– 8 determinados por la Comunidad Autónoma (Resolución de 5 de noviembre de 2013, DOE 225), siendo estos:
– 5 de enero,
– 17 de abril,
– 7 de septiembre,
– 2 de noviembre,
– 6 de diciembre,
– 14 de diciembre,
– 21 de diciembre,
– 28 de diciembre
– 2 determinados por las corporaciones locales, siendo en Guareña (por resolución de Alcaldía):
– 12 de octubre y 7 de diciembre
Adicionalmente, las zonas de gran afluencia turística, es decir, Badajoz, Mérida, Cáceres y Moraleja, dispondrán de 6 domingos y/o festivos más de apertura comercial, coincidentes con los primeros domingos de febrero, marzo, abril, mayo, junio y octubre de 2014.